Columnista, Colaborador
En Chile parece existir una paradoja tributaria: mientras a los grandes inversionistas se les ofrecen certezas para planificar durante décadas, miles de pequeñas empresas deben concentrar sus esfuerzos en sobrevivir al próximo vencimiento tributario.
El proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social abre una discusión que no debiera reducirse a cuánto bajan los impuestos, sino a quiénes benefician realmente las modificaciones y qué resultados económicos estamos dispuestos a exigir a cambio.
La reducción gradual del Impuesto de Primera Categoría, desde el 27% al 23% para las empresas del régimen general, puede constituir una señal positiva. Pero conviene abandonar una premisa recurrente en el debate público: disminuir impuestos no equivale automáticamente a generar inversión, productividad o empleo.
Las decisiones empresariales dependen también del acceso al crédito, la demanda, la estabilidad normativa y las expectativas económicas. Sin esas condiciones, el alivio tributario podría mejorar resultados financieros sin traducirse necesariamente en nuevas inversiones.
La contradicción más evidente aparece con el régimen de invariabilidad tributaria para inversiones desde US$50 millones, que contempla períodos de estabilidad de hasta veinte años.
¿Por qué la certeza tributaria constituye una prioridad para las grandes inversiones, mientras las pymes continúan enfrentando dificultades para proyectar siquiera sus próximos ejercicios comerciales?
No se trata de cuestionar la inversión extranjera ni de enfrentar artificialmente a grandes y pequeñas empresas. Se trata de reconocer que la competitividad también depende de la igualdad de oportunidades para emprender, financiarse y crecer.
Más preocupante resulta la reducción del límite general de la franquicia tributaria para capacitación, del 1% al 0,7% de las remuneraciones imponibles. Aunque se contemplan recursos adicionales y nuevas exigencias, debemos preguntarnos si el rediseño fortalecerá efectivamente las competencias laborales o terminará restringiendo el acceso de empresas con menores recursos.
También merece una revisión crítica la regularización extraordinaria de activos en el extranjero, mediante tasas sustitutivas del 10% o del 7%, sujetas a determinados requisitos.
Resulta legítimo buscar nuevos capitales y recaudación. Sin embargo, ¿qué mensaje entrega el sistema al contribuyente que cumplió oportunamente, cuando se ofrecen condiciones excepcionales para regularizar obligaciones pendientes?
La responsabilidad tributaria no puede transformarse en una desventaja comparativa.
Desde la academia, debemos exigir evidencia sobre el costo fiscal y los resultados de estas medidas. Desde el mundo empresarial, debemos demandar reglas que fortalezcan la productividad y no solamente los beneficios tributarios.
El crecimiento económico requiere inversión privada, pero también instituciones sólidas, capital humano y un tejido empresarial diverso.



























