Para la Fiscalía en la Región de Aysén, la violencia de género es una realidad que abordamos día a día. Es así que no solo investigamos casos, los cuales en nuestra región superan el 10% de nuestros ingresos totales de delitos, sino también participamos en la preparación y capacitación de los funcionarios de Carabineros, quienes tienen una directa relación en la toma de denuncias y primer contacto con las víctimas de un hecho que puede revestir características de delito.
Es así que este jueves en la mañana, la Fiscal jefa de Cochrane y Chile Chico, Estefanía Leiva, efectuó una presentación a funcionarios de Coyhaique en relación a los avances legales en materia de género y en específico de la Ley Integral 21.675, publicada en junio del año pasado.
Esta ley tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y precisamente en su artículo 1 establece que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia. Para alcanzar esos objetivos, este texto normativo regula medidas de prevención, protección, atención, reparación y de acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en razón de su género, y considera especialmente las situaciones de vulnerabilidad o discriminaciones múltiples en que puedan encontrarse.
Este cuerpo legal representa un avance significativo para nuestro país ya que reconoce que la violencia contra las mujeres es una problemática social basada en la desigualdad de género. Además, esta ley se alinea con estándares internacionales, como la Convención de Belém do Pará, que obliga a los Estados a prevenir y sancionar la violencia de género. En este sentido, la ley define la violencia de género como cualquier acción u omisión que cause muerte, daño o sufrimiento a la mujer en razón de su género, donde quiera que ocurra, ya sea en el ámbito público o privado; o una amenaza de ello.
También será considerada violencia de género aquella ejercida contra niñas, niños y adolescentes, con el objeto de dañar a sus madres o cuidadoras, según establece el artículo 5. Junto con fortalecer las medidas preventivas para evitar que las mujeres sean víctimas de violencia, ampliar la protección a víctimas directas e indirectas, incluyendo hijos/as y personas cercanas a la víctima, se establecen medidas cautelares más eficientes para proteger a las mujeres en riesgo, como órdenes de alejamiento y prohibiciones de contacto, descritas en el artículo 34 de esta ley.
Además, se decretan sanciones más duras, al tipificar diversas formas de violencia, no solo la física, sino también la psicológica, sexual, económica, simbólica y en el trabajo, entre otras, estableciendo sanciones más severas para los agresores y mecanismos para su monitoreo.
A través de esta ley, se garantiza el acceso a una asistencia jurídica gratuita para las víctimas y se refuerza la capacitación de funcionarios del Estado para un mejor abordaje de los casos de violencia de género.
En el artículo 9 de esta ley, se menciona el despliegue de programas de sensibilización, capacitación y formación sobre derechos humanos de las mujeres y erradicación de la violencia de género para el personal de los órganos del Estado, especialmente de aquellos que interactúan con las víctimas. Es en ese marco, que hemos colaborado activamente en su implementación a través del conocimiento y experiencia que han adquirido nuestras y nuestros fiscales a través de los más de 20 años de existencia de la Reforma Procesal Penal en nuestra región, en la que se incluye la reciente capacitación a Carabineros.
En síntesis, la ley 21.675 no solo endurece las sanciones, sino que busca erradicar la violencia desde su raíz, promoviendo un cambio estructural en la sociedad. Sin duda, un paso adelante en la protección de los derechos humanos de las mujeres y la erradicación de la violencia de género, la cual nos mandata como instituciones del Estado a actuar con altos estándares de calidad y servicio a las víctimas de delitos.