Este miércoles el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique leyó el veredicto condenatorio que sentenció al pastor evangélico Hugo Humberto Soto Contreras a presidio perpetuo simple y otras medidas accesorias, luego de acreditar su participación como autor de cinco delitos de connotación sexual contra niñas menores de edad.
En el detalle, se acreditó la participación de Soto como autor de un delito de violación y estupro contra una víctima menor de edad identificada como V.K.L.O. cometido en julio de 2023 y enero de 2024 respectivamente.
También se acreditó el delito de violación de persona menor de 14 años cometido en contra de G.D.T. en un fecha indeterminada del año 2013, cuando la víctima tenía 13 años de edad. Otro delito de abuso sexual de persona mayor de 14 años contra la víctima identificada con la iniciales F.O.N. en fecha indeterminada entre 2017 y 2018 y un cargo por violación y abuso sexual contra persona mayor de 14 años, de iniciales S.G.C.H. en fecha indeterminada entre octubre y noviembre de 2023. A los anteriores, se suma el delito de almacenamiento de material pornográfico infantil cometido el 20 de enero de 2024, todos hechos consumados en la comuna de Coyhaique.
Por esta razón, la condena de cadena perpetua simple significará que Hugo Soto Contreras estará privado de libertad en la cárcel, al menos 20 años antes de optar a algún beneficio penitenciario. Paralelo a esto, la condena también contempla las medidas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos de ejercicio público y derechos políticos y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el código penal y el pago de las costas de la causa.
Posterior al cumplimiento inicial de la condena, Soto Contreras estará sujeto a vigilancia policial durante los años siguientes al cumplimiento de la condena, debiendo informando cada tres meses su domicilio actual, además de la inhabilitación absoluta y perpetua para desempeñar trabajos y oficios en el ámbito educacional o cumpliendo funciones directas con personas menores de edad.
Por último, el tribunal resolvió absolver a delincuente del delito de abuso sexual de persona mayor de 14 años, en un solo caso en particular, presuntamente ocurrido en una fecha no precisada en 2019, por no lograr acreditar su participación.
Defensa pedirá la nulidad del juicio
Luego de leerse la sentencia, el abogado defensor Aldo Basquee aseguró que "el tribunal se equivocó. No se valoró la prueba conforme a lo que pasó en audiencia. Para nosotros estos no son delitos de violación y tiene una situación distinta".
Según el abogado, "si bien es cierto que mi representado reconoció las relaciones, las víctimas también reconocieron una situación distinta a la que el tribunal terminó condenando".
Por lo tanto, señaló que "vamos a recurrir, tenemos un plazo de 15 días para hacerlo y dentro de eso esperamos anular y hacer el juicio de nuevo y que se aplique la pena que corresponde".
También señaló que hay dos situaciones donde la fiscalía acusó por unos delitos y el tribunal agregó un nuevo delito. En relación a eso, señaló que aún es necesario estudiar de detalle el fallo, "estudiar bajo qué figura lo hizo, bajo qué prueba lo hizo. Creemos que no es concordante con las pruebas rendidas".