Coyhaique-. Para el día 3 de marzo se programó la audiencia de juicio oral en sala integrada por los jueces Patricio Alberto Zúñiga Valenzuela, Mónica Gisela Coloma Pulgar y Rosalía Edith Mansilla Quiroz, por un caso de tráfico de drogas que involucra a funcionarios de la PDI, que fueron dados de baja.
Para tal efecto se citó a los acusados Ricardo Antonio Aedo Cabrera y Juan Ignacio Uribe Valeria, personalmente o en forma personal subsidiaria conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil.
El documento judicial consigna además la citación a distintos testigos que deben declarar en el juicio oral, entre los cuales se encuentran 3 funcionarios de la PDI pertenecientes al departamento V y uno a la sección Info-Ingeniería del Lacrim Central, cuyos testimonios serán claves para poder determinar si existe o no irregularidades y desempeño indebido de Aedo Cabrera y Uribe Valeria en una investigación por un caso de tráfico de drogas realizado en la región.
Cabe señalar que la Fiscalía de Coyhaique formalizó una investigación por el delito de falsificación de instrumento público en contra de los exoficiales de la PDI Ricardo Antonio Aedo Cabrera y Juan Ignacio Uribe Valeria, quienes fueron detenidos por funcionarios del Departamento V de la propia institución. Según explicó el fiscal Jaime Rojas, se trata de un inspector y un subcomisario, que son investigados por hechos ocurridos durante agosto del año 2023, cuando los imputados participaron junto a otros policías en una investigación que decomisó 6,381 kilos de marihuana y 22 gramos de ketamina, específicamente el 26 de agosto de ese año.
El ilícito, en base a la investigación de la Fiscalía y el Departamento V de la PDI, radica en que los funcionarios policiales habrían faltado a la verdad al aseverar en el parte policial, que dos cajas que correspondían a evidencia permanecían al interior del domicilio de una imputada donde se efectuó una entrada y registro. Sin embargo, eso no era efectivo porque dichas cajas permanecían en un vehículo de la imputada y esa evidencia fue trasladada -por instrucción de los propios policías- hasta el interior del inmueble.
Sobre este caso, el abogado Aldo Basquee Cid, solicitó que otros jueces, distintos a los mencionados, sean los responsables de realizar el juicio oral donde serán juzgados los dos funcionarios de la PDI.
El persecutor indica que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 y 76 del Código Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 196 N°16 del Código Orgánico de Tribunales y 113 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, "interpuse incidente de recusación formal en contra de los Jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique Patricio Alberto Zúñiga Valenzuela, Mónica Gisela Coloma Pulgar y Rosalía Edith Mansilla Quiroz, fundada en la causal prevista en el artículo 196 N° 10 del Código Orgánico de Tribunales, esto es, por haber el juez manifestado de cualquier modo su dictamen sobre la cuestión pendiente, siempre que lo hubiere hecho con conocimiento de ella".
El abogado señala en su escrito que "estos hechos no son nuevos para los 3 magistrados, los cuales ya conocieron antecedentes en reiterados juicios orales, por lo que se configura la referida causal, entendiendo que existió por los jueces la manifestación de cualquier modo de un dictamen sobre la cuestión pendiente, esto es, de cualquier forma haya dado su opinión, criterio, escuchar en juicio o parecer, en relación con una cuestión cuya decisión esté pendiente de ser dirimida por la jurisdicción; y, que, dicha manifestación se haya formulado con conocimiento de aquella, esto es, que haya tenido conocimiento de que se está ante una cuestión que está pendiente de ser dirimida. Como ocurre en los hechos que aquí se conocen. Por lo que se estima que concurre la causal invocada en contra de los magistrados Patricio Alberto Zúñiga Valenzuela, Mónica Gisela Coloma Pulgar y Rosalía Edith Mansilla Quiroz".
Con estos argumentos, Basquee espera que se considere su solicitud y se designe a otros jueces para darle absoluta objetividad al juicio oral.
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