"Si la SMA no formula cargos, existe el riesgo de impunidad y prescripción de la infracción cometida por Patagonia Ridge SpA. al ejecutar ilegalmente su proyecto de drenaje del Humedal La Puntilla en la comuna de Chile Chico, sin evaluación ambiental y al interior de un área puesta bajo protección oficial".
Con estas palabras, el presidente de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (CODESA), Erwin Sandoval Gallardo, hizo referencia a lo expresamente instituido en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la SMA, según el cual "las infracciones previstas en esta ley prescribirán a los tres años de cometidas, plazo que se interrumpirá con la notificación de la formulación de cargos por los hechos constitutivos de las mismas.
El 22 de julio el SEA notificó a "Patagonia Ridge" del término anticipado al proceso de evaluación de una Declaración de Impacto Ambiental tendiente a "regularizar" el drenaje ilegal del humedal La Puntilla en la desembocadura del río Jeinimeni. Se trata de las obras que Patagonia Ridge SpA desarrolló en dicho sector de Chile Chico entre 2019 y 2021, y que luego de varias denuncias y fiscalizaciones la Superintendencia del Medio Ambiente determinó que debían someterse a evaluación ambiental. En concreto, está exigiendo un Estudio de Impacto Ambiental.
Esto había sido solicitado por CODESA y las organizaciones locales Antukulef y Fundación Raíces de Calafate, que además con fecha 21 de agosto de 2024, requirieron formalmente ante la Superintendencia de Medio Ambiente hacerse parte del proceso que requirió el ingreso a evaluación y, complementariamente, que inicie un procedimiento sancionatorio en contra de Patagonia Ridge SpA. por las gravísimas infracciones cometidas al interior de un área bajo protección oficial.
"Si bien fue un avance que el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén (SEA) pusiera término a la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental presentada por Patagonia Ridge SpA. al constatar que la ejecución ilegal del proyecto causó significativos impactos ambientales en un área bajo protección oficial, no podemos dejar de cuestionar, una vez más, la falta de ejercicio oportuno de sus atribuciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente. Cuyo actuar no hace sino generar condiciones propicias para la impunidad y la prescripción de gravísimas infracciones" señaló el dirigente.
"Dada la gravedad de la infracción y los significativos impactos ambientales ya constatados por la propia institucionalidad ambiental, hoy no basta con la evaluación del proyecto ya ejecutado, sino que se deben formular cargos a la empresa por las obras ilegales. Y estos cargos, al igual que en lo ocurrido con Edelaysén en Los Maquis, debieran ser calificados de gravísimos, tanto por ejecutar ilegalmente su proyecto como por incumplir los plazos dispuestos por la SMA para ingresar su proyecto a evaluación en el SEIA" expresó.
Recientemente la SMA rechazó esta solicitud, postergando una vez más la decisión, arriesgando que prescriba la posibilidad de iniciar el procedimiento sancionatorio.
A esto se agrega que "lo que termina ocurriendo, en concreto, es que contra más ellos se demoran, los impactos ambientales de proyectos ya ejecutados de manera ilegal se siguen consolidando en el territorio, de la dependencia del medio ambiente no inicie o no ejerza las atribuciones que les corresponden, esos impactos ambientales ya llevan tres años consolidándose, acrecentándose, acumulándose en el territorio".